| Estatutos |
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Página 6 de 7 Capítulo V.- REFORMA DE LOS ESTATUTOS. DISOLUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN.- Artículo 31.-Reforma de los Estatutos. Para la modificación de los Estatutos será necesario el acuerdo con votación favorable de 2/3 de los asistentes a la Asamblea General Extraordinaria convocada a tal fin, de acuerdo con lo que deja señalado el Artículo 16, Dos. Artículo 32.-Disolución de la Asociación. La Asociación se Constituye por tiempo indefinido. El acuerdo deberá ser tomado en Asamblea General Extraordinaria con el voto a favor de 2/3 de los asociados presentes, designando una Comisión que tendrá la misión de llevar a cabo la liquidación del activo y el pasivo en el más breve plazo posible. Si al hacer la liquidación quedase remanente, éste pasará a alguna entidad de carácter benéfico o cultural. De todas maneras, no podrá ser disuelta la Asociación mientras deseen continuar en ella el 10% del total de asociados que tenga la Asociación en ese momento, sin que puedan influir los socios que lo fueron en otra época. |
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